Una Democracia para Estos Tiempos
1.- Muchos gobiernos del mundo tienen la imperiosa necesidad de resolver las conflictivas causas de la ingobernabilidad de sus pueblos. Es imperioso rescatar los principios fundamentales de una democracia auténtica para estos tiempos.
1.1.- La interrelación del ser humano con las instituciones socio-políticas del Estado originó la existencia del ciudadano. Las relaciones entre el ciudadano y el Estado comprometen beneficios mutuos. El ciudadano se compromete a respetar las leyes y el Estado a garantizar con estas leyes los derechos del ciudadano. Si el Estado no garantiza la protección de los derechos del ciudadano, incurrirá en violación de los fundamentos esenciales de la democracia.
2.- Es el pueblo el que hace al Estado y no el Estado el que hace al pueblo. No es lo mismo entender el ideario del predominio del Estado Pueblo como el principio y el fin fundamental de la democracia; que creer que el Gobierno de turno, por haber sido elegido al amparo de las ideas de la democracia, pueda sustituir al Estado Pueblo.
2.1.- El Estado Pueblo es la comunidad de mujeres y hombres en condición de ejercer con libertad el derecho de la autodeterminación[1]. El Estado Pueblo debe garantizar el imperio de la equidad de los deberes y derechos políticos que permita ejercitar el derecho del sufragio para elegir al Gobierno que los represente y resuelva la problemática de la gobernabilidad con una coherente política tributaria y con una administración honesta de la hacienda pública, a fin de gobernar con equidad y justicia, para cumplir y hacer cumplir los deberes y los derechos contractuales de toda la ciudadanía, sin distinciones jerárquicas, ideológicas, religiosas, sociales, económicas u otras.
3.- Para ejercitar la equidad legislativa, ejecutiva y judicial es necesario que la ciudadanía aprenda a discernir y entender los fundamentos auténticos de la democracia, para no ser adoctrinada con sofismas demagógicos, que han ocasionado la corrupción de los poderes del Estado. Es imperiosa la concienciación plena de la soberanía del Estado Pueblo sobre el Gobierno elegido, porque sólo garantizándose esta soberanía del Estado Pueblo podrá consolidarse la auténtica democracia que los pueblos del presente reclaman.
3.1- Para gobernar con equidad y justicia es necesario que el Ejecutivo y el Legislativo elegidos respeten la autonomía e independencia del Poder Judicial, y que hagan respetar los deberes y derechos de la ciudadanía. Para garantizar la justicia de los derechos ciudadanos es imprescindible definir con precisión qué es lo justo y qué no es justo.
3.2.- Conscientes de la falibilidad del juicio humano, ilustres y esclarecidos pensadores de la antigüedad consagraron el argumento de que: "Algo es justo cuando se acuerda que es justo e injusto, cuando se acuerda que es injusto". Es decir, por convención decidieron que, de común acuerdo, debe resolverse el antagonismo de los argumentos de quienes -por si mismos- no pueden deslindar sus desavenencias y conflictos. En tanto los pueblos estuvieron dirigidos por personas ilustres, de intachable honradez, lealtad, veracidad, sensatez y respeto por los derechos del pueblo, lo que se acordaba era realmente lo justo o injusto.
4.- Conscientes de que el respeto de las interrelaciones humanas sólo se puede sustentar en un contrato que equitativamente determine los deberes y derechos contractuales, los revolucionarios franceses, haciendo suyos los pensamientos de Voltaire y de Rousseau, propusieron la conveniencia de un contrato social que resolviera las exigencias políticas de la vida en sociedad, y acordaron lo que en ese contexto revolucionario parecía justo, y de común acuerdo decidieron que: "Cada uno de nosotros pone en común su persona y toda su potencia bajo la suprema dirección de la voluntad general; y recibimos toda la corporación reunida a cada miembro como parte indivisible del todo gobierno"[2].
4.1.- Al amparo de este infortunado argumento revolucionario, no se respetó el derecho de las minorías monárquicas. Los políticos, politiqueros y politicastros han venido adoctrinando a los aprehendientes de la democracia, haciéndoles creer que: "La voluntad de la mayoría, anula y priva a la minoría, de sus inalienables derechos de autodeterminación y de disidencia, por tanto, deben someterse al acuerdo de las mayorías".
4.2.- Inmersos en la resistencia y oposición al monarquismo de esos tiempos, los revolucionarios argumentaron que el acuerdo de un orden social no se fundaba sólo en el retorno a los deberes y derechos naturales, sino en las conveniencias de un contrato social que consolidara la voluntad de la mayoría republicana, superponiéndose sobre las aspiraciones de la minoría monárquica.
4.3.- Para asegurarse que la voluntad de la mayoría republicana se impusiese sobre las aspiraciones de la minoría monárquica, se prometió el célebre contrato social que garantizara que los acuerdos fueran justos. El contrato social establecería los deberes y los derechos contractuales de toda relación privada como jurídica. En realidad, el mentado contrato social, jamás fue instituido ni practicado.
4.3.1.- Imbuidos de los principios republicanos de los griegos, adoptaron también los fundamentos de su justicia que sostenía que: "dado un orden social aceptado, cualquier alteración del mismo, era injusta, y que todo desequilibrio del orden merece una compensación justa". En oposición a la minoría monarquía, la mayoría revolucionaria reclamaba un nuevo orden social: el de la República, cuyas autoridades debían ser elegidas por un período determinado y no de por vida. Los revolucionarios tenían el convencimiento de que la soberanía nacional reside en la totalidad del pueblo y no en la voluntad de un monarca.
4.4.- Por entonces predominaban las ideas tomistas, y, basados en el equivocado criterio de que el átomo era indivisible, no dudaron en proponer la falaz consigna de que el todo era indivisible, y con este sesgado razonamiento -los revolucionarios- defendieron la idea de la indivisibilidad del todo-sociedad. Enajenados por esta falacia monista, los demócratas del presente aún pretenden mantener la idea de que la voluntad de las mayorías prima sobre el de las minorías. Es decir, persisten en afirmar que el átomo es indivisible, en circunstancias que se ha demostrado hasta la saciedad que el átomo sí es divisible.
4.4.1.- Desde ese entonces, los pueblos oprimidos se contagiaron del éxito revolucionario, y al amparo de los ambiguos fundamentos republicanos, los politiqueros y politicastros han venido politizando y adoctrinando a los ciudadanos, haciéndoles creer delusoriamente que la elección de un gobierno elimina el derecho del contrato social, que toda democracia requiere para garantizar la equidad democrática.
4.5.- Es indispensable la rectificación de este funesto acuerdo social que pretende perennizar el argumento de que "cada miembro es como una parte indivisible del todo". El todo es divisible y por simple deducción, las partes de un todo social son también divisibles, por lo que toda relación entre personas civiles y jurídicas -concreta y explícitamente las relaciones de todo Gobierno con la ciudadanía y viceversa- obligatoriamente debe acordarse con el consentimiento de la otra parte contractual a la cual se pretende imponer el acuerdo.
4.6.- Es tan injusto que las minorías violen el derecho de las mayorías, como que las mayorías violen el derecho de las minorías. Toda relación es contractual, es decir, se debe dar a cada cual lo que por derecho se acuerda y se obliga a cumplir. Lo que no se acuerda, no se obliga a cumplir, por lo tanto, imponer leyes sin contar con el acuerdo y el consentimiento explicito de cada ciudadano es ilegal y, por lo tanto, violatorio de sus derechos democráticos.
4.7.- La justicia sólo será justa cuando no se desposea a nadie de lo que por derecho natural[3] le corresponde. Cuando hay consentimiento, no hay contradicción entre los deberes y derechos contractuales. Si no hay consentimiento no hay equidad, no hay justicia social. Todo acuerdo o norma que no garantice la equidad de los derechos políticos es injusto.
4.8.- La voluntad de las mayorías sobre el de las minorías sólo será justa y correcta durante el tiempo que dure la votación y el cómputo de los votos. Transcurrida esta fase democrática, debe restituirse la igualdad y la equidad de los derechos de las mayorías como el de las minorías electoras.
4.9.- Terminada la votación empieza una nueva etapa democrática: en adelante, el Gobierno elegido debe consideración y respeto a la soberanía del Estado Pueblo. La voluntad electiva de las mayorías sobre las minorías es justa; pero es injusta y violatoria de los derechos y principios democráticos que tal prerrogativa pretenda imponerse en tiempo posterior al procedimiento electoral, porque atenta contra los derechos de toda la ciudadanía.
5.- Hastiados de tanta corrupción política, las gentes de bien reclaman una intachable trayectoria de valores cívicos y éticos de quienes aspiran a representar al electorado. Es impostergable la divulgación de un curriculum vitae que pruebe la honorabilidad y la credibilidad del postulante que desee representar a la sociedad electoral. La democracia para estos tiempos reclama que el servidor público sea un profesional[4] que ha demostrado su capacidad, disposición y méritos para cumplir, con eficiencia y habilidad, lo que el electorado espera de él, que no sea el conchabe con el amiguismo de partidarios oportunistas que sólo buscan cuantiosos beneficios con poco trabajo. Quien no pueda acreditar un intachable curriculum vitae no debe calificar para postular a cargo público elegido por el voto popular.
5.1.- La democracia para estos tiempos exige que el pueblo ejercite una auténtica participación y predominio soberano en el gobierno político del Estado. La población activa de políticos y apolíticos debe promover programas de enseñanza escolarizada y no escolarizada que eduquen, capaciten y desarrollen una responsable concienciación de valores morales, éticos y cívicos del electorado para compartir responsabilidades en las organizaciones cívicas -sin obedecer consignas partidistas- para participar progresivamente como buen vecino, ser elegido como delegado de cuadra, representante de manzana, y comisionado de manzanón[5], para tener opción de integrar la mesa de concertación local.
5.1.1.- Sólo aquellos que carecen de antecedentes policiales, penales y judiciales tendrán derecho a ser elegidos regidores. Y sólo con la experiencia acreditada en estas funciones municipales podrán postular a la Alcaldía de su población.
5.1.2.- Quien no haya demostrado eficiencia, valores éticos-morales, y condiciones admirables como Alcalde distrital no tendrá méritos ni derechos para ser elegido regidor o alcalde provincial, consejero regional o presidente de gobiernos regionales; y quienes no hayan ejercido éticamente este proceso no podrán postular para congresistas.
5.1.3.- Sólo quien haya sido un congresista honrado e incorruptible tendrá el derecho para postular a ser elegido como Presidente de la Nación. Sólo así podremos superar la mediocridad de los actuales políticos elegidos por voto popular directo para asumir los cargos de la administración pública.
5.2.- El Estado y el Gobierno elegido, en cumplimiento de los Principios Contractuales del Estado de Derecho, deben proteger los derechos del ciudadano, por lo tanto, los Derechos del Estado terminan donde empiezan los Derechos del Ciudadano. La democracia para estos tiempos debe proteger y garantizar las libertades electorales y repudiar la corrupta opresión que viene haciéndose con la obligatoriedad del voto. El ciudadano, en ejercicio de su libre albedrío y de su autodeterminación, tiene el derecho de decidir si quiere o no votar. El voto es un derecho y no un deber. Imponer el deber de avalar una votación es como sorprender a un incauto obligándolo a firmar un contrato en el que se enajena sus derechos.
5.3.- Una democracia auténtica para estos tiempos debe ser el sistema de gobierno que consagre permanentemente la soberanía del Estado Pueblo sobre el Gobierno elegido.
6.- Una prueba incuestionable de la divisibilidad del todo electoral y/o social es la existencia de los partidos políticos. No es justo que, con el argumento de la indivisibilidad del todo social, siga atentándose contra el derecho contractual que es fundamental para la equidad del sistema democrático. La indivisibilidad del todo social fue, es y será siempre un falaz argumento que ofuscará el entendimiento induciéndonos a la errada creencia de que para beneficiar a las mayorías no importa perjudicar a las minorías. He aquí la causa del perverso atropello del derecho de los apolíticos y de las minorías opositoras.
6.2.- Todo pueblo está dividido cuando menos en dos condiciones socio-económicas en conflicto de intereses. La necesidad de resolver con equidad el conflicto de intereses es, precisamente, la razón por la que se requiere de la elección de un gobierno que arbitre, administre y supervise con equidad, con justicia y con igualdad de ánimo el contrato social que las partes requieren para resolver sus desavenencias. El predominio absoluto del partido gobernante sobre la otra parte gobernada -inevitablemente- devendrá en actitudes totalitaristas, y toda actitud totalitarista debe ser considerada un delito de alta traición a la independencia y a la soberanía de un pueblo democrático.
7.- Contaminados por utópicos idealismos, los politiqueros y politicastros amparados en ciertos mandatos constitucionales[6] sin asumir el imperioso deber de reglamentar y regular equitativamente los deberes y derechos del gobierno, siniestramente convinieron en que no era necesario tener valores éticos ni morales para tener el privilegio de establecer normas; y sin mayores disquisiciones, por convenir a sus codicias personales, maquinan fraudulentas elecciones y simulan representar a la voluntad popular para manipular las necesidades del pueblo y obtener abundantes ganancias desde sus posiciones políticas que las comparten con sus compinches, incrementando cada vez más la burocracia de la administración pública.
7.1.- Usurpando la dignidad y las prerrogativas de probos congresistas, los politiqueros y politicastros, aparentando ser los representantes auténticos del pueblo, complotan para conchabarse con la corrupción imperante, para aprobar normas que sólo convienen a sus codicias personales y/o copartidarias. Los utópicos idealistas jamás imaginaron que sus acuerdos serían irrealizables porque no previeron que la perversidad humana se aprovecharía de la candidez de sus utopías, para desarrollar una suacracia[7] que depreda las reservas económicas de la nación.
7.2.- La ingobernabilidad es una manifestación que evidencia que la ciudadanía se cansó de tolerar tanta corrupción en el ejercicio del poder. El pueblo siente que el Ejecutivo, el Legislativo y el Poder Judicial gobiernan sólo para lucrarse abusivamente con los partidarios y amigotes que han descubierto que es un gran negocio crear y mantener los problemas sociales. El pueblo está decepcionado de tantos engaños y fraudes electorales. El pueblo está comprobando que sus derechos han venido siendo pisoteados. El pueblo está constatando que los politiqueros y politicastros han hecho de la política la más pingüe y corrupta industria, que prometiendo ilusiones enriquece a los oportunistas, a costa de empobrecer cada día más al sufrido y carenciado pueblo.
8.- El predominio de las mayorías sobre la voluntad de las minorías sólo es admisible circunstancialmente frente a una adversidad y a un enemigo común. Como sucede en tiempos de guerra y de catástrofes nacionales, que reclaman la solidaridad de toda la población para superar la eventualidad del momento. Sólo en estas coyunturas de emergencia nacional la voluntad de las mayorías debe imponerse sobre el derecho de las minorías. Fuera de estas circunstancias, y de las eleccionarias, jamás debe enajenarse el derecho de las minorías ni de las mayorías.
8.1.- No es justo, ni equitativo que se repriman los derechos de las minorías para favorecer el derecho de las mayorías. Las carencias de las mayorías no son culpa de las minorías. No es cierto que la pobreza sea culpa de los ricos. Son la ignorancia, la negligencia y la imprevisión, las causantes de la pobreza. Estas carencias han sido siempre consecuencia de la improvisación de los gobiernos que irresponsablemente ordenan erradas políticas educacionales. Por eso, a pesar de que han detentado el poder político y malversado el erario nacional, jamás resolvieron las necesidades de los pobres.
8.2.- Los Gobiernos tienen la potestad y el deber de aprobar normas radicales que permitan corregir las consignas que han propiciado la funesta explosión demográfica que ha pauperizado nuestros pueblos. No son las minorías las que tienen el deber de resolver las carencias de las mayorías. No son los ricos los que tienen el deber de resolver los problemas de la pobreza[8]. Es el Gobierno elegido el que tiene el deber de resolver la pobreza y las demás causas que imposibilitan el progreso de los pueblos. Esa es la razón por la que se elige a los Gobiernos de turno. Y es por esta misma razón que el empresario y el pueblo pagan sus tributos, para incrementar las contribuciones que ponen a disposición de los gobiernos locales, provinciales, regionales y del gobierno nacional.
8.3.- Para superar la pobreza, no es necesario reprimir el talento empresarial de quienes procuran el lucro personal. Los Gobiernos deben promover y garantizar la reinversión del capital privado, nacional y extranjero, para propiciar el progreso social y económico de las mayorías y de las minorías. Sin actividades lucrativas no hay ganancias. Sin ganancias no es posible financiar los costos administrativos ni asistenciales del Estado, ni sería posible crear puestos laborales, por lo que es indispensable que el Estado y el pueblo revaloren la importancia de garantizar y promover las actividades lucrativas.
8.3.1.- La Nación es la empresa nacional que el Estado Pueblo encarga administrar a los gobiernos locales, regionales como al nacional. Por eso, quienes asumen la responsabilidad de cogobernar deben ser capaces de gerenciar -como cualquier empresa privada está obligada a hacerlo- la economía de la empresa local, regional y nacional para financiar el costo de su burocracia administrativa con los réditos de sus gestiones administrativas y no con los peculados demagógicos[9], como corruptamente lo han venido haciendo, a costa de acogotar con exacciones tributarias al vilipendiado empresariado nacional. Estos políticos se parecen al célebre granjero de la gallinita de los huevos de oro[10].
8.3.2.- Los Gobiernos deben administrar los tributos con equidad y honestidad para conseguir las aspiraciones de las mayorías sin detrimento del derecho de las minorías. Es bueno emular los logros tecnológicos, urbanísticos y sociales de los pueblos más desarrollados que el nuestro, pero es insensato codiciar lo que sencillamente los pueblos pobres aún no pueden financiar. Los politicastros suelen sobredimensionar la problemática social, incrementando los tributos y el endeudamiento público para adquirir y/o ejecutar lo que el contribuyente aún no puede financiar.
9.- El Gobierno es, por antonomasia, la persona política y jurídica que debe ejemplarizar sus deberes y derechos contractuales con la ciudadanía y con las instituciones sociales en pleno. Toda interacción humana es contractual. La validez de cualquier acuerdo contractual requiere de la aprobación de las partes que acuerdan lo que acuerden.
9.1.- Todos estos acontecimientos son la evidencia de que aún no nos hemos liberado de la esclavitud colonial. Estamos viviendo una esclavitud seudo democrática, porque en el nombre de la democracia, los politiqueros y politicastros se han enquistado en el poder como herederos del totalitarismo del pasado, que manipulando los sentimientos democráticos se hacen al poder para conculcar los derechos de la ciudadanía.
9.2.- Conscientes de la falibilidad humana, los juristas, inspirados en los anhelos democráticos, asumieron la disyuntiva de resolver de mutuo consenso la problemática de la jurisprudencia, encomendando a quienes fueren elegidos para congresistas la responsabilidad de tomar acuerdos normativos, aplicables a la necesidad de resolver los conflictos entre los derechos y deberes del ciudadano para con el ciudadano y el Estado, y del Estado para con el ciudadano, para tutelar y garantizar los derechos del ciudadano.
9.3.- Definir qué es lo justo y qué no es lo justo, cuestiona los fundamentos de la justicia y de la legalidad jurídica. Cuando los que acuerdan son personas sensatas, honradas y justas, es decir, que obran según la razón recta y la justicia natural, ciertamente sus acuerdos serán una garantía para el bienestar de toda la ciudadanía. Empero, cuando quienes acuerdan no personifican la razón ni la justicia natural y no obran con sensatez ni probidad, ¿debe la ciudadanía despojarse de sus derechos naturales o, democráticamente, deben asumir sus derechos a la disensión y objeción contra los que premeditan la opresión de los suyos?
9.4.- ¿Qué clase de acuerdos justos podemos esperar de demagogos y de oportunistas nefandarios que sólo buscan el poder político para oprimir al pueblo y despilfarrar y malversar el erario nacional? ¿Podremos realmente esperar acuerdos justos de politiqueros y politicastros que piensan que todo opositor es un adversario al que hay que destruir porque se opone al totalitarismo de sus pretensiones? ¿Congresistas inmersos en las codicias partidistas podrán realmente aprobar acuerdos justos y razonables para quienes no son sus correligionarios? Claro que no.
9.5.- Mientras no se tenga un Poder Judicial digno, honrado, autónomo e independiente, el Legislativo y el Ejecutivo no tendrán ningún modelo de ejemplaridad de valores cívicos, éticos ni morales que imitar. Los Gobiernos seudo democráticos no pueden ni deben imponer deberes que no han sido acordados ni aprobados con el consentimiento de los ciudadanos. Por principio de derecho natural, no pueden ni tienen por qué obligar a quienes no han consentido tales acuerdos. De hacerlo, estarían violando los derechos humanos.
9.6.- El Estado Pueblo tiene el derecho de supervisar y fiscalizar el correcto comportamiento de sus servidores públicos. Cuando los acuerdos legislativos son lesivos al justo y necesario derecho de las minorías, el ciudadano, al amparo de la soberanía del Estado Pueblo, debe ejercitar sus derechos naturales de disensión[11] y de objeción[12] para disentir contra el Gobierno, y objetar sus acuerdos, y, si no se respetan sus derechos universales, puede y debe proceder a convocar la participación ciudadana para realizar los trámites protocolares de la revocatoria[13] de las autoridades que fueran necesarias; y si no son aceptadas sus reclamaciones, en última instancia puede recurrir a la insurgencia para protestar y reclamar las enmiendas que considere justas.
10.- El ciudadano es un ser esencialmente político, por lo tanto, tiene el deber y el derecho de conocer racionalmente los fundamentos de las leyes que se acuerdan, de tal manera que su aceptación se constituirá en la fuerza de honor que lo obligará al cumplimiento y a la observancia de las mismas. Ignorar el texto y las razones del contenido de una ley, es contribuir a que se instaure la injusticia política, social, económica y cultural en el país[14].
10.1.- Considerando la comprobada venalidad[15] de ciertas autoridades electas; la ciudadanía debe fiscalizar para que las leyes de su país sean justas. Mientras no se haya superado la perversidad de los politicastros, la ciudadanía con criterio de bien debe ejercer el derecho soberano de ser quienes en votación plebiscitaria ratifiquen los acuerdos que el Poder Legislativo proponga para la dación de las leyes. El Poder Legislativo sólo debe tener autonomía para proponer Decretos y Decretos-Leyes. Las leyes deben ser ratificadas por el Estado Pueblo en plebiscitos convocados explícitamente para tal fin. El Estado Pueblo debe ser el único que tenga la potestad para aprobar las Leyes. Si el Estado Pueblo no asume este deber y derecho ciudadano, nunca se podrá erradicar la corrupción imperante de los gobiernos de turno.
11.- Todos los grandes logros humanos se gestaron en algún prístino sueño. Los sueños despertaron los deseos. Los deseos agitaron el centro ideatorio del cerebro y brotaron las ideas y se percibieron las palabras hasta hacer de ellas pensamientos y sentimientos que movieron la volición humana a la realización de sus sueños sociales. Así quienes acariciaron la idea de un gobierno del pueblo para el pueblo, concibieron la tan ansiada democracia que aún se incuba en la conciencia de la humanidad. Ciudadano del mundo, aporta tu voluntad y tus ideas para perfeccionar la vigencia de una auténtica democracia para estos tiempos.
Por Shikry Gama 1998
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[1] La autodeterminación es un derecho ingénito que se sustenta en el Libre Albedrío que Eón -Lo Dios- concedió a todos los seres creados. Ver: Shikry Gama, "El Derecho de la Autodeterminación", Pucallpa, 21/09/88.
[2] André LALANDE, Vocabulario Técnico y Crítico de la Filosofía, Buenos Aires, Editorial Ateneo, 1967, pág. 189, Contrato Social (J.J. ROUSSEAU).
[3] Derecho Natural: el que es considerado como que resulta de la naturaleza de los hombres y de sus relaciones, independientemente de toda convención o legislación. ("André LALANDE, Vocabulario Técnico y Crítico de la Filosofía, Buenos Aires, Editorial Ateneo, 1967).
[4] Profesional: que practica habitualmente una actividad de la cual vive, que hace de su actividad cotidiana una profesión de vida, es decir, que cobra por lo que hace, sin que esto requiera de títulos universitarios.
[5] Grupo indeterminado de manzanas vecinales, que asuman la supervisión de los deberes cívicos del buen vecino.
[6] En el Perú: Ver el artículos 102 y 118 de la constitución.
[7] La suacracia es una latro-cínica asociación de politiqueros y politicastros que disimuladamente se han enquistado en los gobiernos seudo democráticos para -con ideales utópicos- lucrarse de la industria de la política.
[8] La pobreza es consecuencia de la ignorancia, de la negligencia y de la pereza, como la riqueza es consecuencia del conocimiento, de la diligencia y de la laboriosidad. S.G.
[9] Los políticos demagogos, ofreciendo utópicos beneficios sociales, agitan y seducen a las mayorías para presionar socialmente en la toma de decisiones que permitan grabar cada día con más tributos al pueblo, con el fin de disponer de estos recursos para repartirse en prebendas partidarias, propiciando la impunidad del delito de peculado.
[10] Se cuenta que cierto granjero torpe, al ver que su gallinita ponía huevos de oro, impulsado por la codicia y la creencia que en sus entrañas habría una mina de oro, mato a su gallinita. Aprendió la lección, pero nunca más encontró otra gallinita que pusiera huevos de oro.
[11] Disensión: El derecho que toda persona natural posee para ejercer oposición o contrariedad de varios sujetos en los pareceres o en los propósitos. (Septrionismo, S. G.)
[12] Objeción: Razón o dificultad que se presenta en contrario de una opinión o designio, para impugnar una proposición que viola nuestros derechos universales. (Septrionismo, S. G.)
Objeción de conciencia: Negativa a realizar actos o servicios invocando motivos éticos, políticos o religiosos. (Septrionismo, S. G.)
[13] En el Perú, al amparo de la Ley No.26300, Art. 2.- La ciudadanía puede ejercer sus derechos de participación y control ciudadano: a) iniciativa de reforma constitucional; b) iniciativa de formación de las leyes (Este vocablo debe entenderse como: "Juntar y congregar personas o cosas, uniéndolas entre sí para que hagan aquellas un cuerpo y estas un todo de las leyes") ; c) referéndum; d) formación de dispositivos municipales y regionales y e) Otros mecanismos de participación establecidos por la presente ley para el ámbito de los gobiernos municipales y regionales. Art.3.- Son derechos de control de los ciudadanos los siguientes: a) Revocatoria de Autoridades; b) Remoción de Autoridades; c) Demanda de Rendición de Cuentas.
[14] "Se puede engañar a una parte del pueblo todo el tiempo o a todo el pueblo una parte del tiempo; pero no puede engañarse a todo el pueblo todo el tiempo" dijo Abraham Lincoln.
[15] Venalidad: Adj. Vendible o expuesto a la venta./ Que se deja sobornar con dádivas.
1.1.- La interrelación del ser humano con las instituciones socio-políticas del Estado originó la existencia del ciudadano. Las relaciones entre el ciudadano y el Estado comprometen beneficios mutuos. El ciudadano se compromete a respetar las leyes y el Estado a garantizar con estas leyes los derechos del ciudadano. Si el Estado no garantiza la protección de los derechos del ciudadano, incurrirá en violación de los fundamentos esenciales de la democracia.
2.- Es el pueblo el que hace al Estado y no el Estado el que hace al pueblo. No es lo mismo entender el ideario del predominio del Estado Pueblo como el principio y el fin fundamental de la democracia; que creer que el Gobierno de turno, por haber sido elegido al amparo de las ideas de la democracia, pueda sustituir al Estado Pueblo.
2.1.- El Estado Pueblo es la comunidad de mujeres y hombres en condición de ejercer con libertad el derecho de la autodeterminación[1]. El Estado Pueblo debe garantizar el imperio de la equidad de los deberes y derechos políticos que permita ejercitar el derecho del sufragio para elegir al Gobierno que los represente y resuelva la problemática de la gobernabilidad con una coherente política tributaria y con una administración honesta de la hacienda pública, a fin de gobernar con equidad y justicia, para cumplir y hacer cumplir los deberes y los derechos contractuales de toda la ciudadanía, sin distinciones jerárquicas, ideológicas, religiosas, sociales, económicas u otras.
3.- Para ejercitar la equidad legislativa, ejecutiva y judicial es necesario que la ciudadanía aprenda a discernir y entender los fundamentos auténticos de la democracia, para no ser adoctrinada con sofismas demagógicos, que han ocasionado la corrupción de los poderes del Estado. Es imperiosa la concienciación plena de la soberanía del Estado Pueblo sobre el Gobierno elegido, porque sólo garantizándose esta soberanía del Estado Pueblo podrá consolidarse la auténtica democracia que los pueblos del presente reclaman.
3.1- Para gobernar con equidad y justicia es necesario que el Ejecutivo y el Legislativo elegidos respeten la autonomía e independencia del Poder Judicial, y que hagan respetar los deberes y derechos de la ciudadanía. Para garantizar la justicia de los derechos ciudadanos es imprescindible definir con precisión qué es lo justo y qué no es justo.
3.2.- Conscientes de la falibilidad del juicio humano, ilustres y esclarecidos pensadores de la antigüedad consagraron el argumento de que: "Algo es justo cuando se acuerda que es justo e injusto, cuando se acuerda que es injusto". Es decir, por convención decidieron que, de común acuerdo, debe resolverse el antagonismo de los argumentos de quienes -por si mismos- no pueden deslindar sus desavenencias y conflictos. En tanto los pueblos estuvieron dirigidos por personas ilustres, de intachable honradez, lealtad, veracidad, sensatez y respeto por los derechos del pueblo, lo que se acordaba era realmente lo justo o injusto.
4.- Conscientes de que el respeto de las interrelaciones humanas sólo se puede sustentar en un contrato que equitativamente determine los deberes y derechos contractuales, los revolucionarios franceses, haciendo suyos los pensamientos de Voltaire y de Rousseau, propusieron la conveniencia de un contrato social que resolviera las exigencias políticas de la vida en sociedad, y acordaron lo que en ese contexto revolucionario parecía justo, y de común acuerdo decidieron que: "Cada uno de nosotros pone en común su persona y toda su potencia bajo la suprema dirección de la voluntad general; y recibimos toda la corporación reunida a cada miembro como parte indivisible del todo gobierno"[2].
4.1.- Al amparo de este infortunado argumento revolucionario, no se respetó el derecho de las minorías monárquicas. Los políticos, politiqueros y politicastros han venido adoctrinando a los aprehendientes de la democracia, haciéndoles creer que: "La voluntad de la mayoría, anula y priva a la minoría, de sus inalienables derechos de autodeterminación y de disidencia, por tanto, deben someterse al acuerdo de las mayorías".
4.2.- Inmersos en la resistencia y oposición al monarquismo de esos tiempos, los revolucionarios argumentaron que el acuerdo de un orden social no se fundaba sólo en el retorno a los deberes y derechos naturales, sino en las conveniencias de un contrato social que consolidara la voluntad de la mayoría republicana, superponiéndose sobre las aspiraciones de la minoría monárquica.
4.3.- Para asegurarse que la voluntad de la mayoría republicana se impusiese sobre las aspiraciones de la minoría monárquica, se prometió el célebre contrato social que garantizara que los acuerdos fueran justos. El contrato social establecería los deberes y los derechos contractuales de toda relación privada como jurídica. En realidad, el mentado contrato social, jamás fue instituido ni practicado.
4.3.1.- Imbuidos de los principios republicanos de los griegos, adoptaron también los fundamentos de su justicia que sostenía que: "dado un orden social aceptado, cualquier alteración del mismo, era injusta, y que todo desequilibrio del orden merece una compensación justa". En oposición a la minoría monarquía, la mayoría revolucionaria reclamaba un nuevo orden social: el de la República, cuyas autoridades debían ser elegidas por un período determinado y no de por vida. Los revolucionarios tenían el convencimiento de que la soberanía nacional reside en la totalidad del pueblo y no en la voluntad de un monarca.
4.4.- Por entonces predominaban las ideas tomistas, y, basados en el equivocado criterio de que el átomo era indivisible, no dudaron en proponer la falaz consigna de que el todo era indivisible, y con este sesgado razonamiento -los revolucionarios- defendieron la idea de la indivisibilidad del todo-sociedad. Enajenados por esta falacia monista, los demócratas del presente aún pretenden mantener la idea de que la voluntad de las mayorías prima sobre el de las minorías. Es decir, persisten en afirmar que el átomo es indivisible, en circunstancias que se ha demostrado hasta la saciedad que el átomo sí es divisible.
4.4.1.- Desde ese entonces, los pueblos oprimidos se contagiaron del éxito revolucionario, y al amparo de los ambiguos fundamentos republicanos, los politiqueros y politicastros han venido politizando y adoctrinando a los ciudadanos, haciéndoles creer delusoriamente que la elección de un gobierno elimina el derecho del contrato social, que toda democracia requiere para garantizar la equidad democrática.
4.5.- Es indispensable la rectificación de este funesto acuerdo social que pretende perennizar el argumento de que "cada miembro es como una parte indivisible del todo". El todo es divisible y por simple deducción, las partes de un todo social son también divisibles, por lo que toda relación entre personas civiles y jurídicas -concreta y explícitamente las relaciones de todo Gobierno con la ciudadanía y viceversa- obligatoriamente debe acordarse con el consentimiento de la otra parte contractual a la cual se pretende imponer el acuerdo.
4.6.- Es tan injusto que las minorías violen el derecho de las mayorías, como que las mayorías violen el derecho de las minorías. Toda relación es contractual, es decir, se debe dar a cada cual lo que por derecho se acuerda y se obliga a cumplir. Lo que no se acuerda, no se obliga a cumplir, por lo tanto, imponer leyes sin contar con el acuerdo y el consentimiento explicito de cada ciudadano es ilegal y, por lo tanto, violatorio de sus derechos democráticos.
4.7.- La justicia sólo será justa cuando no se desposea a nadie de lo que por derecho natural[3] le corresponde. Cuando hay consentimiento, no hay contradicción entre los deberes y derechos contractuales. Si no hay consentimiento no hay equidad, no hay justicia social. Todo acuerdo o norma que no garantice la equidad de los derechos políticos es injusto.
4.8.- La voluntad de las mayorías sobre el de las minorías sólo será justa y correcta durante el tiempo que dure la votación y el cómputo de los votos. Transcurrida esta fase democrática, debe restituirse la igualdad y la equidad de los derechos de las mayorías como el de las minorías electoras.
4.9.- Terminada la votación empieza una nueva etapa democrática: en adelante, el Gobierno elegido debe consideración y respeto a la soberanía del Estado Pueblo. La voluntad electiva de las mayorías sobre las minorías es justa; pero es injusta y violatoria de los derechos y principios democráticos que tal prerrogativa pretenda imponerse en tiempo posterior al procedimiento electoral, porque atenta contra los derechos de toda la ciudadanía.
5.- Hastiados de tanta corrupción política, las gentes de bien reclaman una intachable trayectoria de valores cívicos y éticos de quienes aspiran a representar al electorado. Es impostergable la divulgación de un curriculum vitae que pruebe la honorabilidad y la credibilidad del postulante que desee representar a la sociedad electoral. La democracia para estos tiempos reclama que el servidor público sea un profesional[4] que ha demostrado su capacidad, disposición y méritos para cumplir, con eficiencia y habilidad, lo que el electorado espera de él, que no sea el conchabe con el amiguismo de partidarios oportunistas que sólo buscan cuantiosos beneficios con poco trabajo. Quien no pueda acreditar un intachable curriculum vitae no debe calificar para postular a cargo público elegido por el voto popular.
5.1.- La democracia para estos tiempos exige que el pueblo ejercite una auténtica participación y predominio soberano en el gobierno político del Estado. La población activa de políticos y apolíticos debe promover programas de enseñanza escolarizada y no escolarizada que eduquen, capaciten y desarrollen una responsable concienciación de valores morales, éticos y cívicos del electorado para compartir responsabilidades en las organizaciones cívicas -sin obedecer consignas partidistas- para participar progresivamente como buen vecino, ser elegido como delegado de cuadra, representante de manzana, y comisionado de manzanón[5], para tener opción de integrar la mesa de concertación local.
5.1.1.- Sólo aquellos que carecen de antecedentes policiales, penales y judiciales tendrán derecho a ser elegidos regidores. Y sólo con la experiencia acreditada en estas funciones municipales podrán postular a la Alcaldía de su población.
5.1.2.- Quien no haya demostrado eficiencia, valores éticos-morales, y condiciones admirables como Alcalde distrital no tendrá méritos ni derechos para ser elegido regidor o alcalde provincial, consejero regional o presidente de gobiernos regionales; y quienes no hayan ejercido éticamente este proceso no podrán postular para congresistas.
5.1.3.- Sólo quien haya sido un congresista honrado e incorruptible tendrá el derecho para postular a ser elegido como Presidente de la Nación. Sólo así podremos superar la mediocridad de los actuales políticos elegidos por voto popular directo para asumir los cargos de la administración pública.
5.2.- El Estado y el Gobierno elegido, en cumplimiento de los Principios Contractuales del Estado de Derecho, deben proteger los derechos del ciudadano, por lo tanto, los Derechos del Estado terminan donde empiezan los Derechos del Ciudadano. La democracia para estos tiempos debe proteger y garantizar las libertades electorales y repudiar la corrupta opresión que viene haciéndose con la obligatoriedad del voto. El ciudadano, en ejercicio de su libre albedrío y de su autodeterminación, tiene el derecho de decidir si quiere o no votar. El voto es un derecho y no un deber. Imponer el deber de avalar una votación es como sorprender a un incauto obligándolo a firmar un contrato en el que se enajena sus derechos.
5.3.- Una democracia auténtica para estos tiempos debe ser el sistema de gobierno que consagre permanentemente la soberanía del Estado Pueblo sobre el Gobierno elegido.
6.- Una prueba incuestionable de la divisibilidad del todo electoral y/o social es la existencia de los partidos políticos. No es justo que, con el argumento de la indivisibilidad del todo social, siga atentándose contra el derecho contractual que es fundamental para la equidad del sistema democrático. La indivisibilidad del todo social fue, es y será siempre un falaz argumento que ofuscará el entendimiento induciéndonos a la errada creencia de que para beneficiar a las mayorías no importa perjudicar a las minorías. He aquí la causa del perverso atropello del derecho de los apolíticos y de las minorías opositoras.
6.2.- Todo pueblo está dividido cuando menos en dos condiciones socio-económicas en conflicto de intereses. La necesidad de resolver con equidad el conflicto de intereses es, precisamente, la razón por la que se requiere de la elección de un gobierno que arbitre, administre y supervise con equidad, con justicia y con igualdad de ánimo el contrato social que las partes requieren para resolver sus desavenencias. El predominio absoluto del partido gobernante sobre la otra parte gobernada -inevitablemente- devendrá en actitudes totalitaristas, y toda actitud totalitarista debe ser considerada un delito de alta traición a la independencia y a la soberanía de un pueblo democrático.
7.- Contaminados por utópicos idealismos, los politiqueros y politicastros amparados en ciertos mandatos constitucionales[6] sin asumir el imperioso deber de reglamentar y regular equitativamente los deberes y derechos del gobierno, siniestramente convinieron en que no era necesario tener valores éticos ni morales para tener el privilegio de establecer normas; y sin mayores disquisiciones, por convenir a sus codicias personales, maquinan fraudulentas elecciones y simulan representar a la voluntad popular para manipular las necesidades del pueblo y obtener abundantes ganancias desde sus posiciones políticas que las comparten con sus compinches, incrementando cada vez más la burocracia de la administración pública.
7.1.- Usurpando la dignidad y las prerrogativas de probos congresistas, los politiqueros y politicastros, aparentando ser los representantes auténticos del pueblo, complotan para conchabarse con la corrupción imperante, para aprobar normas que sólo convienen a sus codicias personales y/o copartidarias. Los utópicos idealistas jamás imaginaron que sus acuerdos serían irrealizables porque no previeron que la perversidad humana se aprovecharía de la candidez de sus utopías, para desarrollar una suacracia[7] que depreda las reservas económicas de la nación.
7.2.- La ingobernabilidad es una manifestación que evidencia que la ciudadanía se cansó de tolerar tanta corrupción en el ejercicio del poder. El pueblo siente que el Ejecutivo, el Legislativo y el Poder Judicial gobiernan sólo para lucrarse abusivamente con los partidarios y amigotes que han descubierto que es un gran negocio crear y mantener los problemas sociales. El pueblo está decepcionado de tantos engaños y fraudes electorales. El pueblo está comprobando que sus derechos han venido siendo pisoteados. El pueblo está constatando que los politiqueros y politicastros han hecho de la política la más pingüe y corrupta industria, que prometiendo ilusiones enriquece a los oportunistas, a costa de empobrecer cada día más al sufrido y carenciado pueblo.
8.- El predominio de las mayorías sobre la voluntad de las minorías sólo es admisible circunstancialmente frente a una adversidad y a un enemigo común. Como sucede en tiempos de guerra y de catástrofes nacionales, que reclaman la solidaridad de toda la población para superar la eventualidad del momento. Sólo en estas coyunturas de emergencia nacional la voluntad de las mayorías debe imponerse sobre el derecho de las minorías. Fuera de estas circunstancias, y de las eleccionarias, jamás debe enajenarse el derecho de las minorías ni de las mayorías.
8.1.- No es justo, ni equitativo que se repriman los derechos de las minorías para favorecer el derecho de las mayorías. Las carencias de las mayorías no son culpa de las minorías. No es cierto que la pobreza sea culpa de los ricos. Son la ignorancia, la negligencia y la imprevisión, las causantes de la pobreza. Estas carencias han sido siempre consecuencia de la improvisación de los gobiernos que irresponsablemente ordenan erradas políticas educacionales. Por eso, a pesar de que han detentado el poder político y malversado el erario nacional, jamás resolvieron las necesidades de los pobres.
8.2.- Los Gobiernos tienen la potestad y el deber de aprobar normas radicales que permitan corregir las consignas que han propiciado la funesta explosión demográfica que ha pauperizado nuestros pueblos. No son las minorías las que tienen el deber de resolver las carencias de las mayorías. No son los ricos los que tienen el deber de resolver los problemas de la pobreza[8]. Es el Gobierno elegido el que tiene el deber de resolver la pobreza y las demás causas que imposibilitan el progreso de los pueblos. Esa es la razón por la que se elige a los Gobiernos de turno. Y es por esta misma razón que el empresario y el pueblo pagan sus tributos, para incrementar las contribuciones que ponen a disposición de los gobiernos locales, provinciales, regionales y del gobierno nacional.
8.3.- Para superar la pobreza, no es necesario reprimir el talento empresarial de quienes procuran el lucro personal. Los Gobiernos deben promover y garantizar la reinversión del capital privado, nacional y extranjero, para propiciar el progreso social y económico de las mayorías y de las minorías. Sin actividades lucrativas no hay ganancias. Sin ganancias no es posible financiar los costos administrativos ni asistenciales del Estado, ni sería posible crear puestos laborales, por lo que es indispensable que el Estado y el pueblo revaloren la importancia de garantizar y promover las actividades lucrativas.
8.3.1.- La Nación es la empresa nacional que el Estado Pueblo encarga administrar a los gobiernos locales, regionales como al nacional. Por eso, quienes asumen la responsabilidad de cogobernar deben ser capaces de gerenciar -como cualquier empresa privada está obligada a hacerlo- la economía de la empresa local, regional y nacional para financiar el costo de su burocracia administrativa con los réditos de sus gestiones administrativas y no con los peculados demagógicos[9], como corruptamente lo han venido haciendo, a costa de acogotar con exacciones tributarias al vilipendiado empresariado nacional. Estos políticos se parecen al célebre granjero de la gallinita de los huevos de oro[10].
8.3.2.- Los Gobiernos deben administrar los tributos con equidad y honestidad para conseguir las aspiraciones de las mayorías sin detrimento del derecho de las minorías. Es bueno emular los logros tecnológicos, urbanísticos y sociales de los pueblos más desarrollados que el nuestro, pero es insensato codiciar lo que sencillamente los pueblos pobres aún no pueden financiar. Los politicastros suelen sobredimensionar la problemática social, incrementando los tributos y el endeudamiento público para adquirir y/o ejecutar lo que el contribuyente aún no puede financiar.
9.- El Gobierno es, por antonomasia, la persona política y jurídica que debe ejemplarizar sus deberes y derechos contractuales con la ciudadanía y con las instituciones sociales en pleno. Toda interacción humana es contractual. La validez de cualquier acuerdo contractual requiere de la aprobación de las partes que acuerdan lo que acuerden.
9.1.- Todos estos acontecimientos son la evidencia de que aún no nos hemos liberado de la esclavitud colonial. Estamos viviendo una esclavitud seudo democrática, porque en el nombre de la democracia, los politiqueros y politicastros se han enquistado en el poder como herederos del totalitarismo del pasado, que manipulando los sentimientos democráticos se hacen al poder para conculcar los derechos de la ciudadanía.
9.2.- Conscientes de la falibilidad humana, los juristas, inspirados en los anhelos democráticos, asumieron la disyuntiva de resolver de mutuo consenso la problemática de la jurisprudencia, encomendando a quienes fueren elegidos para congresistas la responsabilidad de tomar acuerdos normativos, aplicables a la necesidad de resolver los conflictos entre los derechos y deberes del ciudadano para con el ciudadano y el Estado, y del Estado para con el ciudadano, para tutelar y garantizar los derechos del ciudadano.
9.3.- Definir qué es lo justo y qué no es lo justo, cuestiona los fundamentos de la justicia y de la legalidad jurídica. Cuando los que acuerdan son personas sensatas, honradas y justas, es decir, que obran según la razón recta y la justicia natural, ciertamente sus acuerdos serán una garantía para el bienestar de toda la ciudadanía. Empero, cuando quienes acuerdan no personifican la razón ni la justicia natural y no obran con sensatez ni probidad, ¿debe la ciudadanía despojarse de sus derechos naturales o, democráticamente, deben asumir sus derechos a la disensión y objeción contra los que premeditan la opresión de los suyos?
9.4.- ¿Qué clase de acuerdos justos podemos esperar de demagogos y de oportunistas nefandarios que sólo buscan el poder político para oprimir al pueblo y despilfarrar y malversar el erario nacional? ¿Podremos realmente esperar acuerdos justos de politiqueros y politicastros que piensan que todo opositor es un adversario al que hay que destruir porque se opone al totalitarismo de sus pretensiones? ¿Congresistas inmersos en las codicias partidistas podrán realmente aprobar acuerdos justos y razonables para quienes no son sus correligionarios? Claro que no.
9.5.- Mientras no se tenga un Poder Judicial digno, honrado, autónomo e independiente, el Legislativo y el Ejecutivo no tendrán ningún modelo de ejemplaridad de valores cívicos, éticos ni morales que imitar. Los Gobiernos seudo democráticos no pueden ni deben imponer deberes que no han sido acordados ni aprobados con el consentimiento de los ciudadanos. Por principio de derecho natural, no pueden ni tienen por qué obligar a quienes no han consentido tales acuerdos. De hacerlo, estarían violando los derechos humanos.
9.6.- El Estado Pueblo tiene el derecho de supervisar y fiscalizar el correcto comportamiento de sus servidores públicos. Cuando los acuerdos legislativos son lesivos al justo y necesario derecho de las minorías, el ciudadano, al amparo de la soberanía del Estado Pueblo, debe ejercitar sus derechos naturales de disensión[11] y de objeción[12] para disentir contra el Gobierno, y objetar sus acuerdos, y, si no se respetan sus derechos universales, puede y debe proceder a convocar la participación ciudadana para realizar los trámites protocolares de la revocatoria[13] de las autoridades que fueran necesarias; y si no son aceptadas sus reclamaciones, en última instancia puede recurrir a la insurgencia para protestar y reclamar las enmiendas que considere justas.
10.- El ciudadano es un ser esencialmente político, por lo tanto, tiene el deber y el derecho de conocer racionalmente los fundamentos de las leyes que se acuerdan, de tal manera que su aceptación se constituirá en la fuerza de honor que lo obligará al cumplimiento y a la observancia de las mismas. Ignorar el texto y las razones del contenido de una ley, es contribuir a que se instaure la injusticia política, social, económica y cultural en el país[14].
10.1.- Considerando la comprobada venalidad[15] de ciertas autoridades electas; la ciudadanía debe fiscalizar para que las leyes de su país sean justas. Mientras no se haya superado la perversidad de los politicastros, la ciudadanía con criterio de bien debe ejercer el derecho soberano de ser quienes en votación plebiscitaria ratifiquen los acuerdos que el Poder Legislativo proponga para la dación de las leyes. El Poder Legislativo sólo debe tener autonomía para proponer Decretos y Decretos-Leyes. Las leyes deben ser ratificadas por el Estado Pueblo en plebiscitos convocados explícitamente para tal fin. El Estado Pueblo debe ser el único que tenga la potestad para aprobar las Leyes. Si el Estado Pueblo no asume este deber y derecho ciudadano, nunca se podrá erradicar la corrupción imperante de los gobiernos de turno.
11.- Todos los grandes logros humanos se gestaron en algún prístino sueño. Los sueños despertaron los deseos. Los deseos agitaron el centro ideatorio del cerebro y brotaron las ideas y se percibieron las palabras hasta hacer de ellas pensamientos y sentimientos que movieron la volición humana a la realización de sus sueños sociales. Así quienes acariciaron la idea de un gobierno del pueblo para el pueblo, concibieron la tan ansiada democracia que aún se incuba en la conciencia de la humanidad. Ciudadano del mundo, aporta tu voluntad y tus ideas para perfeccionar la vigencia de una auténtica democracia para estos tiempos.
Por Shikry Gama 1998
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[1] La autodeterminación es un derecho ingénito que se sustenta en el Libre Albedrío que Eón -Lo Dios- concedió a todos los seres creados. Ver: Shikry Gama, "El Derecho de la Autodeterminación", Pucallpa, 21/09/88.
[2] André LALANDE, Vocabulario Técnico y Crítico de la Filosofía, Buenos Aires, Editorial Ateneo, 1967, pág. 189, Contrato Social (J.J. ROUSSEAU).
[3] Derecho Natural: el que es considerado como que resulta de la naturaleza de los hombres y de sus relaciones, independientemente de toda convención o legislación. ("André LALANDE, Vocabulario Técnico y Crítico de la Filosofía, Buenos Aires, Editorial Ateneo, 1967).
[4] Profesional: que practica habitualmente una actividad de la cual vive, que hace de su actividad cotidiana una profesión de vida, es decir, que cobra por lo que hace, sin que esto requiera de títulos universitarios.
[5] Grupo indeterminado de manzanas vecinales, que asuman la supervisión de los deberes cívicos del buen vecino.
[6] En el Perú: Ver el artículos 102 y 118 de la constitución.
[7] La suacracia es una latro-cínica asociación de politiqueros y politicastros que disimuladamente se han enquistado en los gobiernos seudo democráticos para -con ideales utópicos- lucrarse de la industria de la política.
[8] La pobreza es consecuencia de la ignorancia, de la negligencia y de la pereza, como la riqueza es consecuencia del conocimiento, de la diligencia y de la laboriosidad. S.G.
[9] Los políticos demagogos, ofreciendo utópicos beneficios sociales, agitan y seducen a las mayorías para presionar socialmente en la toma de decisiones que permitan grabar cada día con más tributos al pueblo, con el fin de disponer de estos recursos para repartirse en prebendas partidarias, propiciando la impunidad del delito de peculado.
[10] Se cuenta que cierto granjero torpe, al ver que su gallinita ponía huevos de oro, impulsado por la codicia y la creencia que en sus entrañas habría una mina de oro, mato a su gallinita. Aprendió la lección, pero nunca más encontró otra gallinita que pusiera huevos de oro.
[11] Disensión: El derecho que toda persona natural posee para ejercer oposición o contrariedad de varios sujetos en los pareceres o en los propósitos. (Septrionismo, S. G.)
[12] Objeción: Razón o dificultad que se presenta en contrario de una opinión o designio, para impugnar una proposición que viola nuestros derechos universales. (Septrionismo, S. G.)
Objeción de conciencia: Negativa a realizar actos o servicios invocando motivos éticos, políticos o religiosos. (Septrionismo, S. G.)
[13] En el Perú, al amparo de la Ley No.26300, Art. 2.- La ciudadanía puede ejercer sus derechos de participación y control ciudadano: a) iniciativa de reforma constitucional; b) iniciativa de formación de las leyes (Este vocablo debe entenderse como: "Juntar y congregar personas o cosas, uniéndolas entre sí para que hagan aquellas un cuerpo y estas un todo de las leyes") ; c) referéndum; d) formación de dispositivos municipales y regionales y e) Otros mecanismos de participación establecidos por la presente ley para el ámbito de los gobiernos municipales y regionales. Art.3.- Son derechos de control de los ciudadanos los siguientes: a) Revocatoria de Autoridades; b) Remoción de Autoridades; c) Demanda de Rendición de Cuentas.
[14] "Se puede engañar a una parte del pueblo todo el tiempo o a todo el pueblo una parte del tiempo; pero no puede engañarse a todo el pueblo todo el tiempo" dijo Abraham Lincoln.
[15] Venalidad: Adj. Vendible o expuesto a la venta./ Que se deja sobornar con dádivas.